Dictamen N° 5629/2011
N° 5.629 Fecha: 28-I-2011 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 2.011, de 2010, de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que declara caducada la concesión de acuicultura otorgada por la resolución N° 1.486, de 2000, de la Subsecretaría de Marina, Ministerio de Defensa Nacional, invocando la causal de la letra b) del artículo 142 de la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, no resulta procedente que se disponga el descargo de la patente única de acuicultura de los años 2009 y 2010 que se señala en los números 8 y 9 del Visto y Teniendo Presente, y 2 de la parte resolutiva del acto en estudio, ya que dicha aplicación retroactiva implica condonar las sumas que por ese concepto adeuda el concesionario, sin que se advierta una norma legal expresa que faculte a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas para adoptar una medida como la de la especie (aplica dictámenes N°s. 75.976 y 76.486, de 2010). En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República