Dictamen N° 56679/2016
N° 56.679 Fecha: 02-VIII-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución del rubro, mediante la cual se aprueba la renovación de contrato que se indica suscrito con Laboratorios Andrómaco S.A., por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con señalar que, según consta en el texto del contrato que se sanciona por el acto en análisis, el segundo representante legal de la empresa que compareció en la suscripción del convenio fue don Leonardo Damian Lourtau, y no la persona que se indica, en el mismo orden, en la transcripción del encabezado de ese acuerdo de voluntades (aplica dictamen N° 14.348, de 2015). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República