Dictamen N° 56688/2009
N° 56.688 Fecha: 15-X-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Jaime Enrique Ferreira Escobar, ex trabajador de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, División El Teniente, exonerado político, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva, por gracia, considerando al efecto los artículos 27 del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, reglamentario de la ley N° 19.234, y 51 del decreto N° 307, de 1970, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fijó el texto definitivo del Estatuto de los Trabajadores del Cobre. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, cumplió con remitir dos expedientes jubilatorios del interesado, e informa, en síntesis, que por medio de la resolución Nº 3.513, de 2006, del Ministerio del Interior, se otorgó al recurrente una pensión no contributiva, por gracia, por un monto inicial de $ 121.632.-, al mes, a contar del 1 de agosto de 2003, que corresponde al mínimo fijado por el inciso duodécimo del artículo 12 de la ley N° 19.234, la que se encuentra correctamente determinada y no varía al reliquidarla en los términos solicitados por el interesado. Ahora bien, y luego de efectuadas las verificaciones del caso, se ha determinado que, en la especie, aun cuando al efectuar el correspondiente cálculo en conformidad al aludido artículo 27 del decreto N° 39, de 1999, se alcanza el grado 13 de la E.U.S., dicha consideración no altera, en modo alguno, el monto del beneficio no contributivo que percibe el interesado en la actualidad, toda vez que éste seguirá correspondiendo al mínimo que establece la normativa aplicable. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República