Dictamen N° 569601/2024
N° E569601 Fecha: 22-XI-2024 Esta Contraloría General ha dado curso al documento de la suma, que Establece las Reglas de Uso de la Fuerza para las Fuerzas Armadas como Autoridades Fiscalizadoras de la ley N° 17.798, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, es menester anotar, de acuerdo con lo sostenido en el dictamen N° 20.743, de 2019, de este origen, que la colaboración de las Fuerzas Armadas con las autoridades e instituciones competentes para actuar en el marco de las actividades de fiscalización de la citada ley N° 17.798, no puede conllevar su intervención en procedimientos operativos que impliquen ejercer funciones que competen privativamente a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, o a otras entidades, tales como el Poder Judicial o el Ministerio Público. Además, en el ejercicio de la colaboración de que se trata, las Fuerzas Armadas no pueden actuar de manera autónoma, quedando en todo momento sometidas a la autoridad civil encargada de esta materia. En lo meramente formal, cabe precisar que la referencia realizada en el N° 1 de los Vistos al artículo “32 N° 6°, 17”, debe entenderse efectuada al artículo “32 N°s. 6° y 17°” de la Constitución Política. Por otra parte, el decreto N° 122 citado en el N° 19 de los Vistos, es del año 2022, y no como allí se indica. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República