Dictamen CGR

Dictamen N° 57004/2013

2013-09-05 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 57.004 Fecha: 05-IX-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-2052, conducido por su funcionario, señor Hugo Manríquez Saldaña, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de la documentación adjunta, aparece que el día 7 de octubre de 2011, mientras ese servidor se desplazaba en el citado móvil por la ruta U-925, en la comuna de Puerto Octay, fue colisionado por una camioneta particular, resolviendo el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna, condenar al conductor de este último vehículo como responsable del accidente de que se trata. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el informe mecánico N° 4, de 2012, de la Subzonal de Mantenimiento de la Prefectura Llanquihue, ascenderían a la suma de $3.500.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 56, de 2013, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Hugo Manríquez Saldaña, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2052. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República