Dictamen N° 57173/2014
N° 57.173 Fecha: 28-VII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Mario Concha Sanhueza, exfuncionario del Instituto de Desarrollo Agropecuario -INDAP-, reclamando en contra de la destitución que se le aplicó, por estimar que no sería proporcional a la falta cometida, y que ésta, conforme a las consideraciones que plantea, no constituiría infracción en los términos reprochados. Requerido de informe, el mencionado organismo adjuntó la totalidad del expediente sumarial en cuestión, manifestando, en síntesis, que en su opinión y en mérito de las razones que expone, existe una falta de proporcionalidad de la sanción aplicada al recurrente, por la Administración anterior del INDAP, en relación a las irregularidades imputadas. Al respecto, es menester hacer presente, que según lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de su ley N° 10.336, esta Institución de Control se encuentra impedida de informar o intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que, según se precisó en el dictamen N° 51.493, de 2014, de este origen, se extiende a los casos en que la sentencia judicial ha resuelto el fondo del problema jurídico sometido a su conocimiento. Pues bien, considerando que, según los antecedentes tenidos a la vista, el peticionario, en cuanto al asunto que le afecta, presentó un recurso de protección ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, Rol de Ingreso N° 5.102, de 2013, cuya sentencia se pronunció sobre el fondo del problema jurídico de que se trata, esta Entidad Fiscalizadora debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Transcríbase al Instituto de Desarrollo Agropecuario. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República