Dictamen N° 57179/2014
N° 57.179 Fecha: 28-VII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Manuel García Fuenzalida, funcionario de Carabineros de Chile, solicitando un pronunciamiento que, esta Entidad de Control entiende se refiere a establecer si su diploma de Técnico Jurídico, otorgado por el Instituto Superior de Estudios Jurídicos Canon, lo habilita para percibir el sobresueldo por título profesional o por especialidad. En su informe, ese organismo policial manifestó que dicho diploma no sería profesional ni de especialidad, por lo que no permitiría acceder a los aludidos beneficios económicos. Al respecto, es dable señalar que el artículo 48, letra c), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa institución, confiere el sobresueldo por título profesional al servidor que acredite la posesión de un título profesional, calidad que no cumple el del recurrente, ya que fue conferido en carácter de técnico de nivel superior, como consta en el certificado tenido a la vista. Luego, se debe expresar que el citado precepto, en su letra d), otorga un sobresueldo a los empleados con un título de especialista en alguna de las funciones que allí se indican, entre las cuales no se encuentra ninguna vinculada con el diploma que posee el interesado. Por consiguiente, cabe concluir que el título de Técnico Jurídico, conferido por el Instituto Superior de Estudios Jurídicos Canon, que tiene el señor Manuel García Fuenzalida, no lo habilita para recibir los sobresueldos por título profesional o por especialidad. Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República