Dictamen N° 57208/2009
N° 57.208 Fecha: 16-X-2009 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 1.787, de 2009, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que autoriza la transferencia de la concesión de acuicultura que indica, por no ajustarse a derecho. En primer lugar debe hacerse presente que en este acto no se reconoce a Cultivos Marinos Chiloé S. A., como continuadora legal de Cultivos Marinos Chiloé Limitada, como se dice en la suma, sino que ello es un dato que se da en su considerando, con la cita a la resolución exenta N° 2.109 de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Pesca, advirtiéndose en todo caso que la sucesión de entidades a que ésta se refiere es totalmente contraria a lo expresado en dicho acápite. Sin perjuicio de lo anterior, procede anotar que no se adjunta el certificado que acredita la inscripción de la escritura pública de 8 de octubre de 2008, que da cuenta del dato antes comentado, en el Registro de Comercio. Además, no hay certeza respecto al domicilio del concesionario, el que aparece consignado en el párrafo 1 como Cardonal s/n, Lote B, Puerto Montt, y en los antecedentes acompañados, como Lote 8. Por otra parte, los planos de ubicación de la concesión, no son los de la resolución N° 1.313, de 2004, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que otorgó la concesión que se transfiere. Por último, en el N° 7 de la parte resolutiva, el término correcto es “Reconócese” y no como se establece. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República