Dictamen CGR

Dictamen N° 57465/2015

2015-07-20 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Vigente
Sumario. Comisión evaluadora de la Escuela de Gendarmería de Chile cumplió con los requisitos fijados en su reglamento para la realización de un examen de recalificación

N° 57.465 Fecha: 20-VII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Luis Ahumada Castillo, abogado, en representación de doña Catherine Morales Cáceres, exalumna de la Escuela de Gendarmería de Chile, solicitando un pronunciamiento acerca de la legalidad de lo actuado por la comisión evaluadora de dicho plantel, respecto del examen de recalificación que rindió su mandante, lo que, en opinión de ese organismo, se ajustaría a la normativa que regula la materia. Sobre el particular, es dable anotar, acorde con lo dispuesto en el artículo 28, letras c), d) y f) de la resolución exenta N° 10.291, de 2012, de esa entidad, Reglamento de Evaluación para los cursos de formación de Aspirantes a Oficiales y Gendarmes Alumnos de la mencionada escuela, que el referido examen consistirá en la aplicación, ante el aludido cuerpo colegiado, de cinco preguntas orales de los contenidos más relevantes de la asignatura abordados durante el pertinente semestre, requiriéndose para aprobar, responder correctamente tres de ellas. Ahora bien, del análisis de la copia del acta de registro de tal evaluación tenida a la vista -firmada por la afectada y los integrantes de esa comisión-, aparece que a aquélla se le formuló el indicado número de preguntas, sin que contestara adecuadamente el mínimo exigido para su aprobación, razón por la cual cabe concluir que el actuar de ese cuerpo colegiado, se ajustó a derecho. Finalmente, en lo que atañe a que su representada habría sido obligada a solicitar un crédito en una institución bancaria, a objeto de solventar una gira de estudios, es menester señalar, por un lado, que el peticionario, aparte de su afirmación, no acompaña ningún elemento de juicio que permita deducir o inferir la efectividad de lo alegado y, por otro, que según lo expresado por el servicio, dicho viaje tiene el carácter de voluntario, pues no se contempla como una actividad académica del respectivo curso de formación. Transcríbase a Gendarmería de Chile. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante