Dictamen N° 576864/2024
N° E576864 Fecha: 09-XII-2024 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba el contrato suscrito para la provisión de seguros generales para los bienes muebles e inmuebles de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores ubicados en el país y en el exterior, pero cumple con hacer presente que la autoridad podrá poner término anticipado al contrato en el caso que al contratista se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, prevista en los artículos 8° y 10 de la ley N° 20.393, sustituidos por el artículo 50 de la ley N° 21.595, disposición esta última que entró en vigencia el 1 de septiembre de este año. Por otra parte, cumple con precisar que, de conformidad con el artículo 79 bis del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, el plazo para efectuar el pago respectivo se cuenta desde la fecha de recepción de la factura, previa certificación de que los servicios se han recibido conforme, y no solo una “vez que la Subsecretaría cuente con los recursos disponibles”, como se establece en las letras b) y c) del primer párrafo de la cláusula quinta del acuerdo de voluntades. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud. CAROLINA BEATRIZ REQUENA DUSCHNER Contralora General de la República (S)