Dictamen CGR

Dictamen N° 578523/2024

2024-12-11 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 21, de 2024, de la Dirección General de Aeronáutica Civil

N° E578523 Fecha: 11-XII-2024 Esta Contraloría General ha tomado razón de la resolución del epígrafe, que regulariza y aprueba el contrato, suscrito vía trato directo, entre la Dirección General de Aeronáutica Civil y la Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A., para el servicio de transporte de señales TDM y canales análogos por un período de 12 meses. No obstante, cumple con hacer presente que esa Entidad deberá tener en cuenta que también deberá poner término anticipado a dicho convenio, en el evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N° 21.595, así como también en el caso que al proveedor se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8° y 10 de la ley N° 20.393, lo que se ha omitido precisar en la cláusula séptima del contrato en examen (aplica oficio N° E561562, de 2024). Por su parte, es necesario manifestar que ese Servicio deberá, en lo sucesivo, adoptar las medidas necesarias para suscribir y aprobar oportunamente los actos administrativos como el de la especie (aplica oficio N° E371243, de 2023). Por último, en lo meramente formal, se hace presente que la remisión que se efectúa a la cláusula quinta del acuerdo de voluntades, en la letra d) del numeral 5.6, de la misma cláusula del contrato, debe entenderse efectuada a su cláusula cuarta. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Carolina Requena Duschner Contralora General de la República (S)

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