Dictamen N° 5801/2013
N° 5.801 Fecha: 25-I-2013 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto Nº 675, de 2012, del Ministerio de Defensa Nacional, que otorga la concesión marítima que indica a Compañía Portuaria Tal Tal S.A., por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, se advierten inconsistencias entre las superficies de los sectores 2 y 3 del fondo de mar, indicados en el N° 4 del decreto del rubro y aquellas indicadas en los planos digitales y en papel que se acompañan en el expediente administrativo, lo que también afecta a la superficie total de esa área y al cálculo de la renta que por ese concepto se contempla en la letra b) del N° 10 del mismo acto en estudio. Finalmente, se hace presente que el plano en formato papel presenta enmendaduras sin timbre ni visación de la persona responsable, lo que deberá ser subsanado. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo señalado. Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica