Dictamen CGR

Dictamen N° 58010/2010

2010-09-29 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Vigente
Sumario. Sobre revisión de cálculo de tasa de reemplazo líquida

N° 58.010 Fecha: 29-IX-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora María Eliana del Canto Salas, médico cirujano, dependiente de la Municipalidad de Lo Espejo, para solicitar que se revise el cálculo de la tasa de reemplazo líquida que efectuó la Superintendencia de Pensiones para la obtención del bono de la ley N° 20.305, ya que no se incorporó la renta que percibió en el Hospital Exequiel González Cortés. Sobre el particular, es menester tener presente que conforme a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 3° de la ley N° 20.305 -modificado por el artículo 35, N° 1, letra a), de la ley N° 20.403-, en lo que interesa, el jefe superior del servicio o la jefatura máxima que corresponda, determinará la remuneración promedio líquida para los efectos del cálculo de la tasa de reemplazo líquida del trabajador que debe efectuar la Superintendencia de Pensiones. De la normativa anterior, se infiere que la entidad encargada de solicitar a la aludida Superintendencia el cálculo de la mencionada tasa de reemplazo, remitiendo para ello la información necesaria acerca de las respectivas remuneraciones, es el jefe superior del servicio o la jefatura máxima. Por este motivo, y atendiendo a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, este Órgano de Control cumple con remitir a esa Municipalidad de Lo Espejo la presentación de la especie, a fin de que se sirva responder a la recurrente y solicitar un nuevo cálculo de la tasa de reemplazo a la Superintendencia de Pensiones, si fuere procedente. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República