Dictamen N° 58049/2009
N° 58.049 Fecha: 21-X-2009 Esta Contraloría General ha dado curso al decreto N° 258, de 2009, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que declara la caducidad de la concesión marítima menor que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que de acuerdo al artículo 55 del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, reglamento sobre concesiones marítimas, los afectados por la caducidad de la concesión perderán la preferencia que se señala, desde la fecha de notificación del respectivo decreto de caducidad o del rechazo de la reconsideración, según corresponda, y no como se consigna, de manera incompleta, en el numeral 3 de lo dispositivo del decreto señalado. En otro orden de consideraciones, cumple hacer presente que el decreto N° 2, modificado por el decreto N° 213, de 2006, ambos del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que se cita en el N° 3 del Visto y Teniendo Presente, es del año 2005, lo que se ha omitido consignar. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República