Dictamen N° 58157/2015
N° 58.157 Fecha: 22-VII-2015 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 472, de 2015, del Ministerio de Justicia, que deja sin efecto decreto que indica y cancela la autorización para desarrollar actividades en el país de la entidad extranjera denominada “ʻTHE NAVIGATORS’ (Los Navegantes)”, por cuanto, no se ajusta a derecho. Lo anterior, habida cuenta que según los antecedentes tenidos a la vista, no consta que al 16 de febrero de 2012 se haya encontrado en curso un procedimiento que tuviere por objeto la cancelación de la autorización para desarrollar actividades de la entidad citada, en los términos del inciso final de la cuarta disposición transitoria de la ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, en relación con el inciso penúltimo del artículo 34 del decreto N° 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones que indica. Por último, cabe hacer presente que en la actualidad, para cancelar las anotadas autorizaciones, es necesario recurrir a alguno de los mecanismos establecidos en el artículo 559 del Código Civil, de conformidad con lo previsto por el inciso penúltimo del artículo 34 del mencionado decreto N° 110, de 1979. En consecuencia, se representa el acto administrativo señalado. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante