Dictamen CGR

Dictamen N° 58286/2014

2014-07-31 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 96, de 2014, del SERVIU Metropolitano
Aplicado por
Dictamen N° 80683/2014
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Dictamen N° 64857/2014
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N° 58.286 Fecha: 31-VII-2014 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 96, de 2014, del SERVIU Metropolitano que, entre otras medidas, acepta la propuesta y contrata la ejecución de las obras de “Construcción Parque Ciclopaseo Integrado Mapocho 42K Etapa 1, Tramo P1-P2”, comuna de Providencia, por cuanto acorde con los antecedentes en la especie se intervendrá la calzada de la avenida Santa María, sin que conste la aprobación del Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, según lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 3° del decreto N° 83, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, A su vez, y en consideración a lo establecido en el artículo 18 del decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, no se acompaña la autorización necesaria para la realización de los trabajos previstos en el puente Pío Nono. Finalmente, y atendido lo señalado en el resuelvo N° 3, letra c), del acto en estudio, debe precisarse que en conformidad con lo contemplado en el inciso 4° del artículo 115 del decreto N° 236, de 2002, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba Bases Generales Reglamentarias de Contratación de Obras para los Servicios de Vivienda y Urbanización, los estados de pago en los contratos a suma alzada se pagan de acuerdo con el desarrollo de las obras y en el porcentaje que el valor de los trabajos ejecutados represente dentro del valor total del contrato. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación