Dictamen N° 58353/2009
N° 58.353 Fecha: 22-X-2009 La Contraloría General no ha dado curso a la resolución N° 223, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, que aprueba convenio para la ejecución de las obras que indica a través del Cuerpo Militar del Trabajo, por cuanto ha merecido los siguientes reparos: 1.- De acuerdo a lo estipulado en el punto N° 1 del pacto que sanciona el acto en examen, la zona donde se ejecutarán las obras comprende al sector Termas del Amarillo-Río Turbio Chico, la que, sin embargo, no se encuentra dentro del tramo consultado en el convenio aprobado mediante decreto N° 1.325, de 2005, del Ministerio de Obras Públicas, dictado en virtud de lo dispuesto en los artículos 86, letra e), y 103 del decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, del citado Ministerio. En efecto, de acuerdo al número 4, resolutivo, del citado decreto -acto administrativo en el que se sustenta el pacto de la especie- mediante resolución del Director General de Obras Públicas y con el visto bueno del señor Ministro de Obras Públicas, se pueden convenir nuevas obras por nuevos montos que permitan dar término a la unión vial entre Termas del Amarillo-Futaleufú, área geográfica en la que no se encuentra el sector a que se refiere el convenio en estudio. 2.- Por otra parte, en las especificaciones técnicas no se consideran las partidas 105-2 y 2-801, incluidas en el presupuesto. 3.- Además, no procede incluir el gasto correspondiente al topógrafo en el rubro mano de obra del análisis de precios unitarios de las partidas 2-802 y 2-801, por cuanto aquél se encuentra contemplado en el detalle de gastos generales. 4.- Finalmente, en el programa de trabajo que se remite no se contempla la partida 613-01 del presupuesto. Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación