Dictamen N° 58417/2013
N° 58.417 Fecha: 10-IX-2013 Se ha dirigido a este Órgano Contralor la Dirección General de Aeronáutica Civil, para consultar si el diploma de Ingeniero de Ejecución en Prevención de Riesgos, otorgado al señor Francisco Zapata García, por el Instituto Profesional Los Lagos en el año 2013, le permite acceder a la asignación de especialidad al grado efectivo y al sobresueldo de título profesional. Requerida de informe, la División de Educación Superior del ministerio del ramo remitió los antecedentes acompañados por ese establecimiento, en el cual se indica, en síntesis, que el aludido diploma es profesional. Sobre el particular, es dable recordar que, según el artículo 54, inciso séptimo, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, título profesional es el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios en los términos que expresa. Enseguida, es menester destacar que el artículo 185, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 1 de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, prescribe, en lo pertinente, que el personal afecto a la escala de remuneraciones de las Fuerzas Armadas, aplicable a dicho servicio de acuerdo a lo que se preceptúa en los artículos 20 y 21 de la ley N° 16.752, tendrá derecho a percibir una asignación mensual de especialidad al grado efectivo, conforme a los términos que indica, tal como lo señaló el dictamen N° 7.960, de 2013, de este origen. Añade la disposición en análisis, que de similar beneficio gozarán los empleados civiles profesionales universitarios y el personal a contrata profesionales universitarios, encasillados o nombrados según corresponda, en los grados que menciona. Asimismo, el articulo 186, letra g), del aludido texto legal, previene, en lo que interesa, que los servidores que señala, que desempeñan funciones propias de su profesión y que cumplen jornada de 44 horas semanales, tendrán derecho a percibir un sobresueldo equivalente al monto que dicho precepto establece. En consecuencia, es dable concluir que el diploma en estudio es útil para acceder a los beneficios en consulta. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República