Dictamen CGR

Dictamen N° 58482/2014

2014-07-31 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 58.482 Fecha: 31-VII-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-3646, conducido por su funcionario, señor Jaime Segundo Guajardo Espinoza, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación adjunta, aparece que el día 6 de junio de 2013, el aludido servidor se desplazaba en el referido móvil por calle Carrera, y al llegar a la intersección con calle Purén, en la comuna de Chillán, fue colisionado por un vehículo particular que ingresó al cruce de vías sin respetar la señal PARE que enfrentaba, lo que la Subcomisaría I.A.T. y Carreteras Ñuble, en su oficio N° 8, de 2013, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante el Primer Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 26, de 2014, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Biobío, ascendieron a la suma de $3.808.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Jaime Segundo Guajardo Espinoza, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-3646; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante