Dictamen CGR

Dictamen N° 58484/2014

2014-07-31 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 58.484 Fecha: 31-VII-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2922, conducido por su funcionario, señor Francisco Javier San Martín Navarrete, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación adjunta, aparece que el día 11 de marzo de 2013, ese servidor, acompañado de otro empleado, se desplazaba en el citado móvil por la Avenida Grecia, en persecución de un taxi que tenía encargo por robo, y al llegar a la intersección con calle Diagonal Las Torres, en la comuna de Peñalolén, intentaron fiscalizar al conductor del vehículo que seguían, el cual, con la finalidad de evitar dicho control, chocó al automóvil policial, dándose a la fuga, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local N° 4. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 208, de 2013, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $501.775, siendo esa especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Francisco Javier San Martín Navarrete, por los daños causados en el automóvil fiscal RP-2922; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante