Dictamen N° 58487/2014
N° 58.487 Fecha: 31-VII-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-5460, conducida por su funcionario, señor Rafael Ricardo Torres Barra, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación adjunta, aparece que el día 29 de mayo de 2012, ese servidor se desplazaba en la citada motocicleta por calle Palena, y al llegar a la intersección con calle Andalién, en la comuna de La Florida, fue colisionado por un automóvil particular, resolviendo el Primer Juzgado de Policía Local de la referida comuna, en su sentencia de fecha 21 de septiembre de 2012, condenar al conductor de este último vehículo como responsable del accidente de que se trata. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 206, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $232.050, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Rafael Ricardo Torres Barra, por los daños causados en la motocicleta fiscal M-5460. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante