Dictamen CGR

Dictamen N° 58739/2009

2009-10-23 · Municipalidades y administración local y regional · general · Vigente
Sumario. Título de entrenador de fútbol del Instituto Nacional del Fútbol, es título profesional, siendo conferido luego de ocho semestres de estudios, de modo que habilita para ser contratado en la planta profesional de un municipio, según los requisitos establecidos para dicha planta

N° 58.739 Fecha: 23-X-2009 Mediante oficio N° 30/1046, de 2009, la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda, solicita un pronunciamiento acerca de si el título de Entrenador de Fútbol, otorgado a don Juan Francisco Carrión Rosales por el Instituto Nacional del Fútbol, cuya fotocopia se acompaña, habilita para designarlo en calidad de contratado, asimilado a un grado de la planta de profesionales de ese municipio. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 12, número 2 de la ley N° 19.280, establece que para desempeñar un cargo de la planta de profesionales se requiere un título profesional universitario o título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste. Enseguida, es útil añadir que mediante dictamen N o 31.069, de 2007, -cuya copia se remite para su conocimiento-, esta Entidad Fiscalizadora estableció que el diploma por el que se consulta reúne los requisitos propios de un título profesional, siendo conferido luego de ocho semestres de estudios, por lo que, en la especie habilita para ser contratado en un municipio, asimilado a un grado profesional, en la medida, por cierto, que se reúnan las demás exigencias legales para ello. Por orden del Contralor General de la República Sonia Doren Lois Subcontralor General

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