Dictamen N° 58766/2012
N° 58.766 Fecha:25-IX-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación instruida con motivo del extravío de un bastón antidisturbios, de cargo de la 1ª Comisaría Sur, dependiente de la Prefectura de Valparaíso, que se encontraba bajo la custodia del funcionario de esa institución policial, señor David Alejandro Espinoza Montecinos, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con la atribución que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Al respecto, cabe señalar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 4 de agosto de 2011, el aludido servidor, junto a otros empleados, se encontraba en calle Bellavista, en la ciudad de Valparaíso, y en los instantes en que intentaba controlar los desórdenes que un grupo de personas efectuaba en ese sector, tropezó con una piedra, cayéndosele el referido bastón, el que fue tomado por uno de los manifestantes que huyó del lugar. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el oficio N° 832, de 2011, del Departamento Armamento y Municiones, rolante a fojas 29 del expediente, ascendieron a la suma de US$30 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (equivalente a $13.807, a la época de su extravío), resolviendo la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 36, de 2012, inserta a fojas 40 del respectivo proceso sumarial, dar de baja dicha especie. Ahora bien, es menester señalar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que al término del procedimiento que para estos efectos se incoare, se acredite que el detrimento o extravío de aquél no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354 , de 1985 y 28.164 , de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 1° de Carabineros, señor David Alejandro Espinoza Montecinos, por la pérdida del bastón antidisturbios que portaba. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República