Dictamen CGR

Dictamen N° 58808/2010

2010-10-04 · Salud pública y personal de salud · general · Vigente
Sumario. Sobre derecho a pago de arancel por curso de especialidad médica en la Universidad de Chile

N° 58.808 Fecha: 04-X-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Andrés Nicolás Montero Salazar, médico cirujano, para solicitar un pronunciamiento que determine el derecho que le habría asistido para que el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, le pagara el valor del arancel correspondiente a la formación en la especialidad de Anestesiología que cursó en la Universidad de Chile. Requerido su informe, el referido Servicio de Salud manifestó, por el oficio N° 721, de 4 de agosto de 2010, en síntesis, que el interesado acordó un compromiso con el aludido Servicio para efectuar una beca de Anestesiología y Reanimación en la referida Casa de Estudios Superiores, con una duración de 3 años, sin que dicho convenio contenga estipulaciones que obliguen al pago de matrícula o arancel para realizar esa formación. Sobre el particular, cabe señalar que los artículos 43 de la ley N° 15.076 y 19 del decreto N° 507, de 1990, del Ministerio de Salud, Reglamento de Becarios de ese texto legal, establecen, en lo que interesa, que el beneficiario suscribirá un convenio con la Subsecretaría de Salud o con el respectivo Director del Servicio de Salud, según corresponda, en el que constarán sus derechos y obligaciones, añadiendo que el monto mensual de la beca será una cantidad equivalente al sueldo base mensual por 44 horas semanales de trabajo de un profesional funcionario que cumple jornada diurna regido por la ley N° 19.664, el que podrá ser incrementado por el Ministerio de Salud hasta en un 100% para programas de interés nacional, fundado en razones epidemiológicas o de desarrollo de modelos de atención de salud, más los derechos o aranceles que impliquen el costo de la formación. Luego, de la preceptiva transcrita se infiere que es facultativo para el Ministerio de Salud incrementar el monto de la beca en los términos indicados en aquélla, como también comprender los derechos o aranceles que impliquen el costo de la formación, lo que no aconteció en la especie. En efecto del tenor de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el señor Montero Salazar efectuó una especialización en anestesiología en la Universidad de Chile, para lo cual firmó un compromiso con el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente el 28 de abril de 2004, en el que no se convino la obligación de parte del citado organismo de salud de incrementar el estipendio del interesado con el pago por concepto de arancel universitario por la especialidad cursada, por lo que no le asiste el derecho que reclama. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República