Dictamen CGR

Dictamen N° 58880/2009

2009-10-26 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Vigente
Sumario. Sobre título de Técnico Superior Universitario en Administración, mención Contabilidad y Finanzas, otorgado por el Instituto Universitario de Tecnología Juan Pablo Pérez Alfonzo, de la República Bolivariana de Venezuela
Aplicado por
Dictamen N° 44216/2011
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Dictamen N° 19329/2011
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N° 58.880 Fecha: 26-X-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Cecilia Andrea Serey Cubillo, para solicitar un pronunciamiento que determine si el título de Técnico Superior Universitario en Administración, mención Contabilidad y Finanzas, otorgado por el Instituto Universitario de Tecnología Juan Pablo Pérez Alfonzo, de la República Bolivariana de Venezuela, habilita para desempeñarse en la Administración del Estado. Sobre el particular, cabe expresar que el D.F.L. N° 3, de 2006, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.F.L. N° 153, de 1981, del mismo origen, que establece los Estatutos de la Universidad de Chile, previene, en su artículo 6°, que a dicha Corporación Universitaria le corresponde la atribución privativa y excluyente de reconocer, revalidar y convalidar títulos profesionales obtenidos en el extranjero, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales. En este orden de ideas, conviene recordar que al Ministerio de Relaciones Exteriores compete el registro de los diplomas profesionales o técnicos obtenidos en aquellos países con los cuales se tiene convenio. Ahora bien, al respecto es dable anotar, por una parte, que de los antecedentes acompañados no aparece que la referida Casa de Estudios Superiores haya reconocido, revalidado o convalidado el título de la interesada y, por otra, que no se ha suscrito un convenio con la República Bolivariana de Venezuela que permita su registro en el Ministerio de Relaciones Exteriores, razones por las cuales resulta forzoso concluir, para los efectos de la consulta, que el señalado diploma no la habilita para ingresar a algún organismo de la Administración que exija para tal fin un título otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República