Dictamen CGR

Dictamen N° 589/2013

2013-02-14 · Salud pública y personal de salud · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Corresponde a la autoridad dotada de la potestad sancionatoria ponderar si las conductas denunciadas son constitutivas de acoso laboral mediante la instrucción de un proceso disciplinario

N° 10.589 Fecha: 14-II-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Luis Santiago Cifuentes Pradenas, funcionario del Hospital Clínico de la Fuerza Aérea de Chile, para reclamar en contra de una situación de acoso laboral de la que, en su opinión, sería objeto. Requerido su informe, la aludida institución hospitalaria señaló, en síntesis, que ha adoptado las medidas tendientes a solucionar el problema denunciado por el referido funcionario. Sobre el particular, cabe manifestar que de conformidad con el criterio contenido en los dictámenes N os 41.500 y 44.743, de 2012, de este origen, entre otros, corresponde a la jefatura del servicio respectivo, dotada de la potestad sancionatoria, ponderar si las situaciones a que alude el interesado ameritan la aplicación de una medida disciplinaria y, en tal caso, ordenar la instrucción del respectivo proceso sumarial. Al respecto, es menester anotar que la entidad recurrida instruyó una investigación sumaria sobre la materia, la que concluyó mediante la resolución “R” N° 12, de 2012, de la citada institución, determinándose que no fue posible establecer la existencia de conductas que pudieran configurar acoso laboral, sin perjuicio de hacer presente que la autoridad informante expresa que la referida investigación dejó de manifiesto la permanente incomodidad del funcionario con su jefatura, por lo que se dispuso la reasignación del requirente a otra unidad. Atendido lo expuesto, esta Entidad de Control estima que la situación se encuentra superada. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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