Dictamen N° 58904/2016
N° 58.904 Fecha: 09-VIII-2016 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba la liquidación del contrato correspondiente a la obra “Conservación de caminos básicos por conservación (CBC); caminos cruce G-692 - Pichi Km 6.0 al Km 8.0 y cruce ruta 5 (Champa)-Melipilla (Puente Ing. Marambio antiguo) Km 32.0 al Km 35.0, comunas de Alhué y Melipilla, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, por cuanto no se han acompañado los antecedentes que permitan verificar las cantidades de obras consideradas en la modificación N° 1, sancionada por la resolución exenta N° 2.111, de 2015, del mismo servicio, como asimismo, del ajuste de cubicaciones a que se hace referencia en el punto N° 3, de la liquidación que se aprueba en este acto, lo que incide en el resultado final de lo efectivamente pagado. Además, no se advierte la razón por el cual en el estado de pago N° 2 se incorpora un concepto de “provisión por no garantizar modificación”, cuyo monto se restituye en el siguiente estado de pago, lo que replica en su proceder en los estados de pagos N os 4 y 5, por concepto de incumplimiento de leyes sociales. Sin perjuicio de lo anterior, cabe agregar que -adicionalmente- no se adjunta el instrumento de garantía correspondiente a la modificación aprobada por la citada resolución exenta N° 2.111, de 2015, la que tampoco se singulariza en el punto N° 7 de la liquidación que se aprueba. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación