Dictamen CGR

Dictamen N° 59346/2012

2012-09-26 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil en virtud de ley 10336 art/62

N° 59.346 Fecha: 26-IX-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-2947, de cargo de la 2ª Comisaría Temuco, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Alex Emiliano Campos Garrido, a objeto de que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con la atribución que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 12 de junio de 2011, el aludido servidor permanecía detenido en el citado móvil en calle Las Heras, próximo a la intersección con calle Manuel Montt, en la ciudad de Temuco, lugar en el cual un grupo de barristas, sin mediar provocación, comenzó a lanzar piedras en contra del referido vehículo policial. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 142, de 2011, de la Zonal de Mantenimiento y Reparaciones de Vehículos Temuco, rolante de fojas 33 a 34 del expediente, ascendieron a la suma de $105.196, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, es menester señalar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que al término del procedimiento que para estos efectos se incoare, se acredite que el detrimento o extravío de aquél no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 2° de Carabineros, señor Alex Emiliano Campos Garrido, por los daños ocasionados en el móvil fiscal RP-2947. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República