Dictamen N° 59900/2013
N° 59.900 Fecha : 16-IX-2013 El Director de Obras Municipales de Huechuraba se ha dirigido a esta Contraloría General, solicitando un pronunciamiento acerca de la factibilidad de aplicar, en la situación que detalla, lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, en cuanto establece, en lo que interesa, que es de competencia del Juzgado de Policía Local respectivo declarar la nulidad de los reglamentos de Copropiedad. Sobre el particular, y sin perjuicio de hacer presente que no corresponde a esta Entidad de Fiscalización determinar si un caso específico se enmarca dentro de la competencia de un determinado tribunal, cumple con manifestar, en relación a la situación descrita en la presentación de la referencia, que en conformidad con las instrucciones impartidas por esta Contraloría General mediante su oficio N° 24.841, de 1974, y reiteradas por oficio N° 12.003, de 1990, las consultas que se le formulen deben ser acompañadas de un informe jurídico emanado de la Fiscalía, Departamento Legal o Asesoría Jurídica del respectivo servicio, antecedente que, en la especie, no se acompaña. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación