Dictamen N° 6006/2011
N° 6.006 Fecha: 31-I-2011 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 485, de 2010, del Ministerio de Educación, mediante el cual se aprueba el convenio celebrado entre el Ministerio de Educación y la Ilustre Municipalidad de Retiro para financiar la ejecución de obras que permitan al establecimiento educacional a que se refiere, recuperar su normal funcionamiento, por cuanto se ajusta a derecho, pero cumple con hacer presente que el plazo con que cuenta dicho Ministerio para pronunciarse respecto de la documentación presentada por el sostenedor, en la situación que indica, es de 20 días hábiles, como se dispone en la cláusula quinta, letra b), del aludido instrumento, y no el que señala el Título III, numeral 3.2 del anexo que forma parte integrante del mismo. Asimismo, cumple con hacer presente que si bien el proyecto de obra civil presentado por el sostenedor y aprobado por el Ministerio de Educación, para la reparación estructural del Liceo Guillermo Marín Larraín, contempla la adquisición de equipamiento y mobiliario, los recursos que en definitiva transferirá esa Secretaría de Estado, son sólo para el financiamiento de la ejecución de la referida obra, según se establece en la cláusula segunda del convenio que se aprueba por el decreto en trámite. Finalmente, cabe precisar que la personería de don Patricio Contreras Contreras para actuar en representación de la referida entidad edilicia consta en la sentencia de calificación y acta complementaria de proclamación del Tribunal Electoral Regional del Maule, ambas de 3 de diciembre de 2008, y no de la que se consigna en la cláusula décimoquinta del acuerdo que se sanciona. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República