Dictamen CGR

Dictamen N° 60369/2016

2016-08-16 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir un pronunciamiento sobre reclamo en un proceso sumarial pendiente
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N° 60.369 Fecha: 16-VIII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Cristian Lillo Calvo, exfuncionario del Complejo Asistencial Doctor Sótero del Río, para objetar el sumario administrativo instruido en esa institución, a cuyo término se le habría impuesto la medida disciplinaria de destitución, por las razones que expone. En forma previa, cabe anotar que el proceso sumarial de la especie fue afinado a través de la resolución N° 357, de 2016, de ese establecimiento de salud, la cual fue representada mediante el oficio N° 9.355, del mismo año, de este origen, sin que conste en los registros de este Ente Contralor que, a la fecha, se haya verificado el correspondiente reingreso para cumplir con el trámite de toma de razón. Sobre el particular, debe señalarse que la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en el dictamen N° 27.834, de 2016, de este origen, ha expresado que los procesos sumariales son reglados y a su respecto no caben otros trámites o instancias que los previstos en la ley N° 18.834, la que no otorga facultades a este Órgano Fiscalizador para emitir una opinión anticipada respecto de aquellos, sobre cuyos resultados tendrá oportunidad de pronunciarse al efectuar el control previo de legalidad del acto administrativo que los afine, de ser procedente, de acuerdo con lo establecido en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Institución de Control. Así entonces, debido a que según los registros de este Organismo Fiscalizador, el procedimiento disciplinario de que se trata se encuentra pendiente, corresponde abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Transcríbase al Complejo Asistencial Doctor Sotero del Río. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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