Dictamen N° 60426/2013
N° 60.426 Fecha: 23-IX-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación instruida con motivo del extravío de la linterna que se encontraba bajo la custodia de su funcionario, señor Juan Luis Muñoz Cáceres, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de la documentación examinada, aparece que el día 5 de agosto de 2012, el aludido servidor, junto con otro empleado, se trasladó hasta la Ruta G-660, sector de las Palmeras de Culiprán, en la comuna de Melipilla, con la finalidad de verificar la ocurrencia de un accidente de tránsito que se había producido en ese lugar, y mientras ayudaba en las labores de rescate de las personas lesionadas, se guardó la linterna en un bolsillo de su pantalón, percatándose, una vez finalizada la emergencia, que no portaba ese bien, efectuando su búsqueda, sin que el mismo fuese encontrado. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 10465114, de 2013, de la Prefectura Santiago Costa, ascendieron a la suma de $ 21.700, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 195, de 2013, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Juan Luis Muñoz Cáceres, por el extravío de la linterna ya individualizada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República