Dictamen N° 60512/2013
N° 60.512 Fecha: 23-IX-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-3463, conducido por su funcionario, señor Miguel Ángel González Sandoval, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 30 de septiembre de 2012, ese servidor se desplazaba en el citado móvil por Avenida Paicaví, y al llegar a la intersección con calle Ejército, en la comuna de Concepción, fue colisionado por un vehículo particular que ingresó al cruce de vías sin respetar la luz roja del semáforo y cuyo chofer, además, lo hacía en estado de intemperancia alcohólica, lo que la Subcomisaría I.A.T. Concepción, en su oficio N° 24, de 2012, estableció como causa del accidente, efectuándose la denuncia ante la Fiscalía Local de la mencionada comuna. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el informe técnico N° 32, de 2013, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Biobío, ascenderían a la suma de $6.500.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 74, de la misma anualidad, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Miguel Ángel González Sandoval, por los daños causados en el automóvil fiscal RP-3463; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República