Dictamen CGR

Dictamen N° 60514/2013

2013-09-23 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 60.514 Fecha: 23-IX-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-1992, conducido por su funcionario, señor Héctor Gonzalo Meza Tapia, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de la documentación adjunta, aparece que el día 5 de mayo de 2013, ese servidor, acompañado de otro empleado, se desplazaba en el citado vehículo por calle El Volcán, y al llegar a la intersección con el Pasaje San Pedro, en la comuna de Chillán, fueron atacados de forma sorpresiva por un grupo de 15 personas aproximadamente, quienes le lanzaron piedras y botellas a dicho móvil, resultando éste con su vidrio trasero quebrado. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 286, de 2013, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $95.200, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Héctor Gonzalo Meza Tapia, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-1992. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República