Dictamen N° 6053/2010
N° 6.053 Fecha: 03-II-2010 El Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile ha remitido a esta Contraloría General la resolución N° 8, de 2010, por medio de la cual se aplica al término de la investigación sumaria administrativa instruida en contra de los señores Marcos Andrés Anabalón Seguel, Rodolfo Fabián Faúndez Cáceres y Héctor Patricio Morales Menares, regidos por las normas del Código del Trabajo, la sanción de amonestación por escrito. Sobre el particular, corresponde anotar que según lo dispuesto en el artículo 7°, punto 7.2.3, de la resolución N° 1.600, de 2008, sobre exención del trámite de toma de razón, se encuentran afectas al mencionado control preventivo las resoluciones que imponen medidas expulsivas del personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, basadas en sumarios administrativos o investigaciones sumarias. Por consiguiente, atendido que la medida que se viene disponiendo, no es una sanción de carácter expulsiva, se devuelve la mencionada resolución y sus antecedentes, por cuanto se trata de un acto administrativo que no se encuentra sujeto a trámite alguno ante esta Entidad Fiscalizadora, tal como se informó, para situaciones similares, en los dictámenes N°s 67.631, de 2009 y 1.197, de 2010, de esta Contraloría General. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República