Dictamen CGR

Dictamen N° 60583/2009

2009-11-02 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Cursa resolución 630/2009 de la Fuerza Aérea de Chile, que dispone el retiro temporal de funcionario

N° 60.583 Fecha : 02-XI-2009 Se ha remitido a esta Entidad Fiscalizadora la resolución N° 630, de 2009, de la Fuerza Aérea de Chile, que dispone el retiro temporal del servicio, a contar del 30 de septiembre de 2009, del empleado civil perteneciente a la planta de profesionales, asimilado al régimen remuneratorio de la ley N° 15.076, señor Luis Gustavo Hein Molina. Por su parte, se ha dirigido a esta Contraloría General el aludido profesional funcionario, para solicitar un pronunciamiento acerca del derecho que le asistiría para obtener el beneficio de liberación de guardias nocturnas y en días festivos, que contempla el artículo 44, de la ley N° 15.076, el cual no fue autorizado cuando lo solicitó en la referida Institución. Sobre el particular, cabe señalar que el aludido precepto de la ley citada, prescribe que los profesionales funcionarios que durante más de 20 años hayan prestado, de acuerdo con las obligaciones de sus cargos, servicios de guardia nocturna y en días festivos, quedarán exentos al término de ese plazo de la obligación de realizar dichas labores y conservarán los derechos que esas funciones les conferían, cualquiera fuere el empleo que ocupen o pasen a desempeñar en el futuro. Agrega que para estos efectos se considerará todo lapso servido, sea en calidad de reemplazante, suplente, a contrata o interino. Enseguida, de los registros que obran en esta Entidad de Control aparece que el interesado posee al 30 de septiembre de 2009, un total de 17 años 5 meses y 29 días de tiempo válido para el beneficio que invoca, considerando, al efecto, el descuento de 1 año y 2 meses por permiso sin goce de remuneraciones. Como puede apreciarse, consta que el interesado al momento de requerir el beneficio de que se trata -30 de septiembre de 2009-, se encontraba sometido a las normas de la ley N° 15.076, pero no computa el tiempo exigido por la normativa vigente para obtener la liberación de guardias nocturnas y en días festivos requerida, por lo que no resulta procedente acoger su solicitud . Finalmente, en lo que se refiere al retiro temporal del interesado dispuesto por el Servicio, este Ente de Control ha procedido a cursar la resolución N° 630, de 2009, de la Fuerza Aérea de Chile, por encontrarse ajustada a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República