Dictamen N° 6059/2012
N° 6.059 Fecha: 31-I-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Patricia Ortiz Sepúlveda, ex funcionaria de la Municipalidad de Los Ángeles, para solicitar la reconsideración del oficio N° 6.057, de 2011, de la Contraloría Regional del Biobío, que concluyó que la interesada no tiene derecho al bono de la ley N° 20.305, por haber postulado a dicho beneficio luego de haber cesado en funciones. La recurrente señala que cesó en funciones el 20 de octubre de 2010, fecha en que cumplió 60 años de edad y que no obstante que el empleador le otorgó el beneficio, la Tesorería Provincial del Biobío rechazó su pago. Sobre la materia, cabe reiterar lo manifestado en el pronunciamiento cuya reconsideración se solicita, esto es, que para tener derecho al bono establecido en la ley N° 20.305, su artículo 2° requiere, entre otros requisitos copulativos, en su numeral 1, tener las calidades mencionadas en el inciso primero del artículo 1° de ese cuerpo normativo, en los organismos indicados o en sus antecesores legales, tanto a la fecha de la postulación para acceder al bono como con anterioridad al 1 de mayo de 1981. Precisado lo anterior, es necesario recordar que esta Contraloría General, en su dictamen N° 3.931, de 2011, concluyó que los empleados que cesaron en sus cargos y posteriormente solicitaron el bono contemplado en la mencionada ley N° 20.305, como aconteció en el caso de la interesada, no cumplen con lo requerido en el citado precepto legal, razón por la cual no pueden acceder a dicho beneficio, salvo que comprueben fehacientemente que por una justa causa de error -como algunas de las indicadas en los dictámenes N os 40.445, de 1995 y 8.229, de 2001, ambos de este origen-, incurrieron en la hipótesis comentada, lo que no se acredita en la especie. En ese sentido, atendido que la interesada cesó en funciones el 20 de octubre de 2010 y con fecha posterior -25 de octubre de 2010-, requirió el bono en análisis, sin que se aporten nuevos antecedentes que permitan variar el criterio sustentado en el oficio N° 6.057, de la Contraloría Regional del Biobío, se desestima la solicitud de reconsideración de la señora Ortiz Sepúlveda. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República