Dictamen N° 60720/2009
N° 60.720 Fecha: 2-XI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Patricio Marcelo Silva Bravo, ex funcionario del Instituto de Desarrollo Agropecuario, INDAP, exonerado político, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 33.146, de 2009, de esta Entidad Fiscalizadora. Sobre el particular, cabe hacer presente que el mencionado oficio concluyó, en síntesis, que al interesado no le asiste el derecho a solicitar el bono extraordinario que concede la ley N° 20.134, toda vez que su beneficio no contributivo fue calculado según lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 19.234. Al respecto, es dable anotar que la jurisprudencia administrativa de este Organismo de Control contenida en el oficio N° 36.261, de 2008, ha señalado que para que los trabajadores a que se refiere la aludida ley N° 20.134, puedan acceder al beneficio en comento, no basta sólo con haber sido despedidos de una empresa autónoma del Estado en los términos que establece esa ley, sino que se requiere, entre otros requisitos, que a las fechas indicadas en su artículo 1°, se hayan encontrado percibiendo una pensión no contributiva determinada según el procedimiento previsto en el inciso tercero del artículo 12 de la Ley sobre Exonerados Políticos, lo que no ocurre respecto del peticionario. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto y atendido a que en esta ocasión no se hacen valer nuevos elementos de juicio que permitan alterar lo concluido en el precitado dictamen N° 33.146, de 2009, de esta Institución de Fiscalización, éste se ratifica en todas sus partes. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República