Dictamen N° 60844/2015
N° 60.844 Fecha: 30-VII-2015 Se ha remitido a esta Contraloría General, para su examen de legalidad, el documento de la suma mediante el cual se designa a don José Luis Salazar Navarrete como académico en la Universidad de Santiago de Chile -USACH-. Por su parte, el señor Eduardo Vyhmeister Bastidas se ha dirigido a esta Institución Fiscalizadora, denunciando una serie de irregularidades que se habrían cometido con ocasión del proceso de selección en que resultó electo el señor Salazar Navarrete, así como en otro concurso al que también postuló. Solicitado informe a la citada entidad educativa, ésta no lo ha enviado, por lo que se procede a emitir el presente pronunciamiento sin ese antecedente. En primer término, el peticionario acusa que tanto él, como otro candidato recibieron un correo electrónico de un académico del Departamento de Ingeniería Química de esa casa de estudios, en el que les entregaba información privilegiada acerca de la recepción de sus postulaciones, así como de haber pasado la primera etapa. Sobre este punto, cabe señalar que pese a que de la documentación analizada se aprecia la remisión del citado correo, dicha actuación no originó un vicio que conlleve la invalidación del certamen, toda vez que únicamente implicó para los involucrados la posibilidad de tomar conocimiento del estado del mismo, sin afectar las oportunidades de los demás participantes, no obstante lo cual, la autoridad deberá adoptar las medidas pertinentes para evitar que situaciones como la ocurrida se repitan en lo sucesivo. Luego, en lo que se refiere a que uno de los concursantes no efectuó la entrevista psicolaboral que prevén las bases en forma presencial, es necesario anotar que el requirente no acompaña antecedentes en sustento de esta aseveración, sin perjuicio de lo cual se debe hacer presente que en las directrices del proceso no se menciona la modalidad en que esta diligencia debía llevarse a cabo, siendo necesario indicar que según se desprende del oficio N° 54, de 2015, de la Vicerrectoría Académica de la USACH, todos los aspirantes que pasaron la primera etapa fueron examinados en esta evaluación psicolaboral. Enseguida, en lo que concierne al extravío de los antecedentes del señor Vyhmeister Bastidas en el proceso que individualiza, es preciso expresar que si bien no se puede confirmar tal situación, de la documentación tenida a la vista se observa que el recurrente fue preseleccionado, de lo que es posible colegir que su expediente se analizó satisfactoriamente, pasando a la entrevista psicolaboral en la que fue calificado como no recomendable. En cuanto a la relación existente entre la persona a quien se asignó finalmente el cargo y el funcionario de la USACH al que se alude y que a criterio del ocurrente podría haber significado que el proceso en estudio sea sesgado e irregular, cabe manifestar que en el dictamen N o 60.405, de 2008, de esta procedencia, se ha resuelto, en lo que interesa, que no vicia un proceso como el de la especie el hecho que alguno de los participantes haya trabajado bajo el mando de uno de los miembros del órgano examinador, por lo que con mayor razón es dable concluir que en el caso que un postulante hubiese tenido como profesor guía de tesis de doctorado a un integrante del consejo encargado de proponer al Rector el nombre del candidato a designar -lo que acontece en el asunto en análisis-, no configura una anomalía que afecte la validez del certamen. Por otro lado, se reclama que pese a la falta de comunicación del resultado del proceso concursal, el señor Salazar Navarrete comenzó a desempeñar funciones en marzo de la presente anualidad, lo que sería irregular, aspecto sobre el cual corresponde mencionar que en las bases se contempló el deber de notificar al ganador, a fin de que aquél manifestara su aceptación del cargo, además de publicar en la página web institucional los resultados, sin fijar un lapso para efectuar estas diligencias. En este sentido, es útil anotar que revisada la referida web se observa que la divulgación de la conclusión del concurso fue realizada en abril del año en curso, de modo que se dio cumplimiento a lo señalado en las pautas del certamen. Por último, en lo que atañe al rechazo de los documentos por parte de la USACH, presentados por el requirente en la postulación a otro cargo, es menester apuntar que si bien no se ha podido determinar si el interesado entregó la totalidad de los antecedentes solicitados, ni tampoco el motivo por el que no fueron considerados por la autoridad, es oportuno indicar que según la información contenida en el sitio web de ese centro de estudios superiores, ese proceso fue declarado desierto, de manera que es inoficioso pronunciarse al respecto. En consecuencia, se desestiman las alegaciones planteadas y se cursa el decreto del epígrafe. Transcríbase al señor Eduardo Vyhmeister Bastidas. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante