Dictamen N° 61319/2014
N° 61.319 Fecha: 11-VIII-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4689, conducido por su funcionario, señor Marcelo Gallegos Gallegos, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 1 de septiembre de 2013, mientras ese servidor, acompañado de otros empleados, se desplazaba en el referido furgón por la Avenida Marathon, en la comuna de Macul, se percató que una guardia del Estadio Monumental forcejeaba con un grupo de barristas que intentaban ingresar a ese recinto, por lo que concurrieron a prestarle cooperación, instante en el cual fueron atacados con piedras, resultando el móvil policial con los vidrios delanteros quebrados y con abolladuras en su carrocería. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 110, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $27.489, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Marcelo Gallegos Gallegos, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4689. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República