Dictamen N° 61572/2010
N° 61.572 Fecha: 15-X-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Eloísa Zunino Cabrera, ex profesional de la educación de la Municipalidad de Huechuraba, solicitando se reconsidere el dictamen N° 16.383, de 2010, por medio del cual este Organismo de Control concluyó que no tiene derecho a percibir la bonificación por desempeño de excelencia contemplada en la ley N° 19.410, correspondiente al año 2007, debido a que en ese período ejerció labores, en virtud de su propio requerimiento, en un establecimiento que no tenía la calificación de tal. La recurrente fundamenta su petición, en que si bien expresó su voluntad de continuar desempeñándose, en dicho año, en el aludido plantel, ello no significó que renunciara al estipendio que reclama, el que percibía en el anterior lugar de trabajo. Sobre el particular, cabe reiterar, como se expresó en el pronunciamiento que se controvierte, que sólo procede el otorgamiento del beneficio pecuniario en comento a aquellos profesionales de la educación que se encuentren en funciones, en el plantel de enseñanza calificado como de desempeño excelente, a la fecha del pago correspondiente, de manera que su percepción se encuentra subordinada a que el docente cumpla labores en el establecimiento que da lugar a su pago, lo que no concurre respecto de la señora Zunino Cabrera, tratándose del cumplimiento de sus funciones en la Escuela Las Canteras durante el año 2007. En consecuencia, considerando que no se aportan nuevos antecedentes que permitan modificar el criterio contenido en el dictamen N° 16.383, de 2010, es necesario proceder a su ratificación. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República