Dictamen N° 61923/2014
N° 61.923 Fecha: 12-VIII-2014 Esta Entidad de Control ha dado curso al acto administrativo del epígrafe, por el cual se modifica la resolución N° 2, de 2014, del Instituto de Seguridad Laboral, que aprueba bases de licitación pública para contratar los servicios de prestaciones médicas para pacientes de esa entidad, por cuanto se ajusta a derecho, en el entendido que, conforme se dispone en el resuelvo N° 2, se trata de un nuevo pliego de condiciones que regirá un proceso licitatorio, distinto del regulado por el acto que modifica. Asimismo, respecto del término anticipado que se regula en el N° 12.4.2 del pliego de condiciones y en la cláusula octava del contrato tipo que se contiene en el anexo N° 15, es menester indicar que en todo caso este procede mediante resolución fundada, conforme lo establecen los artículos 13 de la ley N° 19.886 y 79 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Luego, cumple con señalar que se deberá ajustar, mediante la respectiva aclaratoria, la cláusula primera del citado contrato tipo, debiéndose omitir la alusión a la citada resolución N° 2. Por otra parte, de los antecedentes tenidos a la vista, se advierte que esa entidad no publicó oportunamente el acto administrativo correspondiente con el objeto de afinar debidamente el proceso licitatorio iniciado por la referida resolución N° 2, de 2014, conforme lo dispone el artículo 9° de la ley N° 19.886, aspecto que deberá ser considerado en lo sucesivo. Finalmente, en un aspecto formal, cumple con señalar que en el N° 10.2 de las bases administrativas se ha omitido el numeral ii). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo en estudio. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República