Dictamen CGR

Dictamen N° 62021/2015

2015-08-04 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se hace presente que esta Entidad Fiscalizadora ha debido abstenerse de pronunciarse sobre la solicitud de aclaración del dictamen N° 46.357, de 2015, por tratarse de un asunto sometido al conocimiento de los Tribunales de Justicia

N° 62.021 Fecha: 04-VIII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Federación Nacional de Asociaciones de Enfermeras y Enfermeros de Chile (FENASENF), a fin de manifestar las consideraciones que estima pertinente en relación a la solicitud de aclaración del dictamen N° 46.357, de 2015, de esta Entidad Fiscalizadora, que fuera presentada por el Colegio de Matronas y Matrones de Chile A.G. y que corresponde a la referencia N° 207.700, del mismo año. Al respecto, cabe señalar que mediante el oficio N° 56.275, de 2015, este Organismo Contralor hizo presente que en atención a lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, y dado que en la causa Rol N° 59.522-2015, seguida ante la Corte de Apelaciones de Santiago, una profesional matrona dedujo una acción de protección en la que reclama en contra del aludido dictamen N° 46.357, de 2015, ha debido abstenerse de emitir un pronunciamiento acerca de lo pedido por el Colegio de Matronas y Matrones de Chile A.G. Por lo tanto, y sin perjuicio de que, en su oportunidad, se transcribió a la FENASENF copia del citado oficio N° 56.275, de 2015, para su conocimiento, cumple con reiterarse lo expresado en dicho documento, en orden a que esta Contraloría General debe abstenerse de pronunciarse sobre la materia de que se trata. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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