Dictamen N° 62118/2012
N° 62.118 Fecha: 05-X-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Eggi Espinoza Lavanal, exdocente de la Municipalidad de Estación Central, reclamando que habiendo cesado en sus funciones en virtud del artículo 72, letra h), de la ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación -esto es, por declaración de vacancia del cargo por salud incompatible con su desempeño-, no se le enteró la totalidad de las asignaciones a que alude. Requerido su informe a la municipalidad, esta manifestó que la referida solicitud fue resuelta mediante un pronunciamiento judicial emanado del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la causa laboral RIT 0-1851-2012, RUC 12-4-0018365-K, caratulada “Espinoza con Municipalidad”, que rechazó la acción de cobro de prestaciones presentada por la interesada. Sobre el particular, es preciso señalar que este Órgano Fiscalizador debe abstenerse de emitir el presente requerimiento, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, en relación con el inciso tercero del artículo 54 de la ley N° 19.880 -sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado-, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso, o que estén sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, disposición que resulta también aplicable tratándose de juicios en que se haya resuelto judicialmente el problema planteado. Atendido lo anterior, y considerando que de los antecedentes aportados por el municipio, consta que la reclamación de la especie incide en un asunto materia de sentencia judicial, no procede que esta Entidad Fiscalizadora se pronuncie sobre el particular. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante