Dictamen CGR

Dictamen N° 62244/2009

2009-11-09 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Vigente
Sumario. Compete a la Administración activa dentro del ámbito de sus atribuciones la precisión de las áreas del conocimiento que deban reunir los correspondientes títulos o diplomas que posean los postulantes a un determinado cargo

N° 62.244 Fecha: 9-XI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Ana María Rodríguez Gutiérrez, funcionaria del Servicio Agrícola y Ganadero, para solicitar un pronunciamiento que determine si el diploma de Técnico en Gestión Administrativa, otorgado por la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, la habilita para ascender al grado 13° de la E.U.S., de la planta de administrativos de ese servicio, de acuerdo con lo preceptuado en la ley N° 19.352. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 4°, N° 4, de la ley N° 19.352, que sustituye las plantas del organismo en cuestión, exige como requisito para ser promovido al grado y planta a que se alude, acreditar haber aprobado un "Curso de Técnicas Administrativas", de 90 horas. Al respecto, cumple con hacer presente que, tal como se manifestara en el dictamen N° 36.483, de 2009, de este Organismo de Control, la precisión de las respectivas áreas del conocimiento que deban reunir los correspondientes títulos o diplomas que posean los postulantes a un determinado cargo, corresponden a aspectos cuya calificación compete a la Administración activa, en este caso, al Servicio Agrícola y Ganadero, dentro del ámbito de sus atribuciones. Enseguida, en cuanto al procedimiento para ingresar a la planta de técnicos del servicio, circunstancia que también consulta la recurrente, es menester señalar que la jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control, contenida, entre otros, en el dictamen N° 49.684, de 2006, ha manifestado que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, el concurso es el mecanismo idóneo para ingresar a un cargo de carrera en calidad de titular, en cualquiera de las plantas del servicio de que se trate, en el último grado o en grados superiores a éste, cuando no hubieren podido proveerse mediante promociones, por lo que todas las personas que cumplan con los requisitos correspondientes, tendrán derecho a postular en igualdad de condiciones. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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