Dictamen CGR

Dictamen N° 62262/2014

2014-08-13 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Vigente
Sumario. No procede emitir un pronunciamiento respecto de un proceso calificatorio pendiente

N° 62.262 Fecha : 13-VIII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Virginia Tapia Correa, funcionaria del Hospital Barros Luco Trudeau, quien plantea una serie de situaciones con el objeto de que sean tomadas en cuenta en su evaluación correspondiente al proceso 2013-2014. Al respecto, es dable manifestar que el artículo 3° del decreto N° 1.229, de 1992, del ex Ministerio del Interior señala que el período a calificar comprende los doce meses de desempeño funcionario que se extienden entre el 1 de septiembre y el 31 de agosto del año siguiente. Luego, atendido lo expuesto y del tenor de la presentación de la ocurrente se advierte que las impugnaciones formuladas dicen relación con una evaluación que actualmente se encuentra pendiente. En este contexto, resulta pertinente recordar que el artículo 49 de la ley N° 18.834, establece la oportunidad para objetar un proceso como el de la especie, lo que debe verificarse una vez que el afectado ha sido notificado de la resolución que falla el recurso de apelación deducido en contra de la decisión de la Junta Calificadora, tal como lo ha reconocido la jurisprudencia de esta Institución Fiscalizadora, entre otros, en el dictamen N° 84.474, de 2013. De lo expuesto, se concluye que, por ahora, este Organismo de Control debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido, por no ser la instancia procesal para ello. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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