Dictamen CGR

Dictamen N° 62314/2012

2012-10-08 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Vigente
Sumario. Remite a la Superintendencia de Pensiones solicitud de revisión de cálculo de la tasa de reemplazo líquida para la obtención del bono de la ley 20305

N° 62.314 Fecha: 08-X-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Juan Salazar Pinchulef, para solicitar el recálculo de su tasa de reemplazo líquida, a fin de acceder al bono de la ley N° 20.305, que requiere tener un porcentaje igual o inferior a 55%, toda vez que el 70.35% determinado por la Superintendencia de Pensiones lo deja disconforme. Al respecto, es menester tener presente que el inciso primero del artículo 3° de la ley N° 20.305 -modificado por el artículo 35, número 1, letra a), de la ley N° 20.403-, señala, en lo pertinente, que el jefe superior del servicio o jefatura máxima que corresponda deberá requerir a la Superintendencia de Pensiones, la estimación acerca de la tasa de reemplazo líquida del trabajador. A su turno, el inciso tercero de la disposición citada, establece que para esos efectos, la aludida institución deberá solicitar los antecedentes necesarios a las administradoras de fondos de pensiones. Como puede apreciarse, de las normas descritas se infiere que la entidad encargada de recabar la información y de realizar el cálculo de la mencionada tasa de reemplazo es la Superintendencia de Pensiones, motivo por el cual, y atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, este Órgano Contralor cumple con remitir a esa institución los antecedentes de la especie a fin de que se sirva dar respuesta directa al peticionario. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante