Dictamen N° 62789/2012
N° 62.789 Fecha: 09-X-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4750, de cargo de la 44ª Comisaría Lo Prado, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Miccio Cabrera Cabrera, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con la atribución que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes acompañados, aparece que el día 15 de mayo de 2011, el aludido servidor, junto a otros empleados, se desplazaba en el referido furgón por Avenida General Bonilla, en dirección al poniente, en la comuna de Lo Prado, y al llegar a la altura del N° 6.099 de esa vía, fue colisionado en la parte posterior por una camioneta particular que no se detuvo ante la presencia del móvil policial. En este sentido, se debe expresar que el artículo 108, inciso segundo, de la ley N° 18.290, establece que los conductores estarán obligados a mantenerse atentos a las condiciones del tránsito del momento, lo que no habría sido cumplido por el chofer del vehículo particular. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 59, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, que rola a fojas 105 a 107 de autos, ascendieron a la suma de $1.338.750, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, es menester señalar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que al término del procedimiento que para estos efectos se incoare, se acredite que el detrimento o extravío de aquél no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero, señor Miccio Cabrera Cabrera, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4750. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República