Dictamen CGR

Dictamen N° 62866/2009

2009-11-11 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Sobre revisión de pensión no contributiva, por gracia, de exonerada política, ex empleada de la antigua Compañía de Teléfonos de Chile

N° 62.866 Fecha: 11-XI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Elsa Oyarzún Copier, ex empleada de la antigua Compañía de Teléfonos de Chile, exonerada política, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva, por gracia. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social cumplió con remitir los dos expedientes jubilatorios de la interesada. Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que el Ministerio del Interior, a través de la resolución N° 10.340, de 2001, declaró la calidad de exonerada política de la recurrente, concediéndole una pensión no contributiva, por gracia, por la suma inicial mensual de $ 80.193.-, a contar del 1 de octubre de 1998. Enseguida, es dable manifestar que el respectivo cálculo se efectuó en conformidad con lo establecido en el inciso tercero del citado artículo 12, en cuya virtud, para los efectos de la asimilación a un grado de la Escala Única de Sueldos, se consideraron las remuneraciones imponibles percibidas por la solicitante en los meses de febrero, marzo y abril de 1975, atendida la data de su exoneración, ocurrida el 1 de mayo de igual año, que permitió asignarle el grado 22 de la E.U.S. Sin embargo, resulta necesario precisar que luego de un nuevo examen de los antecedentes tenidos a la vista, se ha podido establecer que a la interesada le resulta aplicable el artículo 27 bis del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, reglamentario de la ley N° 19.234, en cuya virtud corresponde asimilarla, a marzo de 1990, al grado 12 de la E.U.S. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cabe concluir que el Instituto de Previsión Social deberá proceder, en el menor tiempo posible, a reliquidar la jubilación no contributiva de la solicitante, en los términos contenidos en el presente informe, para cuyos efectos se devuelven los dos expedientes acompañados. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República