Dictamen N° 63239/2013
N° 63.239 Fecha: 01-X-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-2840, conducido por su funcionario, señor Ricardo Esteban Pérez Reyes, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de la documentación adjunta, aparece que el día 13 de septiembre de 2012, ese servidor, acompañado por otra empleada, concurrió en el citado vehículo a la intersección de las calles Gastón Palma y Los Libertadores, en la comuna de Maipú, a verificar la existencia de un jeep particular abandonado en la vía pública, que tenía encargo por robo, lugar en el cual fueron atacados de forma sorpresiva por dos individuos, quienes le lanzaron piedras y botellas al móvil policial, resultando éste con daños en el foco trasero derecho y en la carrocería. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 44, de 2013, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $75.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Ricardo Esteban Pérez Reyes, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2840. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República